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Observatorio del derecho de las mujeres a una vida sin violencia
Análisis del problema
El Ecuador, si bien cuenta con un marco legal amplio para atender delitos y contravenciones de
violencia doméstica y delitos sexuales, no ha tipificado a la violencia doméstica como delito, y
el sistema de administración de justicia no ha logrado sensibilizar a sus operadores para
atenderías adecuadamente.
El desconocimiento de las víctimas de sus derechos, de los trámites que requiere la denuncia y el proceso,
de las leyes que les protegen, sumado a la situación emocional que atraviesan al enfrentar a su agresor
en audiencia oral, y la escasez de instancias especializadas para atender los delitos sexuales y de
violencia a la mujer, son obstáculos para lograr justicia.
Luego del análisis con enfoque de género y de derechos humanos de 50 procesos de delitos sexuales y de
violencia intrafamiliar, a nivel del Ministerio Público y del sistema judicial, el Observatorio
encontró situaciones que incidían en el reducido número de sentencias (1,5% en 2006) y en la
persistencia de la impunidad:
Abandono de procesos porque las víctimas, reciben amenazas y tienen temor a las
represalias de sus agresores.
Abandono del proceso por el maltrato que reciben en el sistema de administración de justicia por
la revictimización, en tanto deben someterse a varios exámenes médicos, testimoniar en varias ocasiones
y ante distintos funcionarios, etc.
Las víctimas sienten atacada su honra pues los abogados de los acusados las desacreditan.
Aunque los delitos penales son pesquisables de oficio, si las víctimas no aportan y colaboran
activamente, los procesos se estancan, más aún si carecen de recursos económicos.
Los cambios de agentes de la Policía Judicial, impide que asistan a las diligencias y aporten en
los procesos en los que actuaron.
Estos delitos suelen cometerse en el ámbito privado, en lugares apartados, y sin testigos, se cuenta
solo con la palabra de la víctima, lo que incide para que el sistema se incline a favor de los acusados.
El acoso sexual, el atentado al pudor o la violencia psicológica conyugal son difíciles de probar
porque no dejan huellas visibles.
La Ley 103 es poco aplicada por los Jueces. Se cree que solo compete a las comisarías.